El pasado mes de mayo, la ex presidenta de Argentina, Cristina Fernández de Kirchner, fue condenada con sentencia firme por el yerro de corrupción en la obra pública. Sin embargo, en ese mismo mes, el exministro de Salud, Diego Cardozo, fue absuelto en la causa por las muertes de bebés en el Neonatal. Estos dos eventualidads han generado gran controversia en el país, ya que mientras en uno hubo una condena, en el otro no. ¿Cuáles son las diferencias jurídicas y contextuales que explican esta disparidad en las sentencias? En este artículo, analizaremos a fondo ambos eventualidads para entender mejor el sistema judicial argentino y cómo funciona en situaciones de corrupción y negligencia.
Comencemos por el eventualidad de Cristina Fernández de Kirchner. La ex presidenta fue acusada de liderar una asociación ilícita que se dedicaba a desviar fondos públicos destinados a la construcción de obras viales en la provincia de Santa Cruz. La investigación, conocida como «los cuadernos de la corrupción», reveló un complejo entramado de corrupción que involucraba a funcionarios de alto rango, empresarios y testaferros. Tras varios años de investigación, en diciembre de 2019, Cristina Fernández de Kirchner fue sometida a juicio lingual y en mayo de 2021, fue condenada a 12 años de prisión.
La sentencia generó un gran impacto en la sociedad argentina, ya que fue la primera vez que un ex presidente era condenado por corrupción en la historia del país. Sin embargo, la defensa de Fernández de Kirchner apeló la sentencia y actualmente se encuentra en proceso de revisión por la Cámara Federal de Casación cárcel. Esto demuestra que en Argentina, el sistema judicial permite que las sentencias sean apeladas y revisadas por instancias superiores, lo que garantiza un proceso justo y transparente.
Por otro lado, tenemos el eventualidad del exministro de Salud, Diego Cardozo. En 2013, en la provincia de Córdoba, se produjeron una serie de muertes de bebés en el Hospital Neonatal. La investigación reveló que estas muertes fueron causadas por una bacteria que se propagó debido a la falta de medidas de higiene en el hospital. En 2017, Cardozo fue acusado de homicidio culposo y en mayo de 2021, fue absuelto por la Cámara 10ª del Crimen de Córdoba.
La absolución de Cardozo generó indignación en la sociedad, ya que se consideró que no se hizo justicia por las muertes de los bebés. Sin embargo, en este eventualidad, las diferencias jurídicas son evidentes. Mientras que en el eventualidad de Fernández de Kirchner se trataba de un yerro de corrupción, en el eventualidad de Cardozo se trató de un yerro de homicidio culposo, es decir, una muerte causada por negligencia y no intencionalmente. Además, la defensa de Cardozo logró demostrar que el exministro no tuvo responsabilidad directa en las muertes de los bebés, sino que fue un problema sistémico del hospital.
Otra diferencia importante es el contexto en el que se desarrollaron ambos eventualidads. El eventualidad de Fernández de Kirchner se enmarca en una época de gran crisis económica y política en Argentina, lo que generó una gran presión mediática y social sobre el tema de la corrupción. Por otro lado, el eventualidad de Cardozo se desarrolló en un contexto de pandemia, donde el sistema de salud estaba colapsado y se cometieron numerosos errores y negligencias en todo el país. Esto no justifica las muertes de los bebés, pero sí puede explicar en parte por qué la sociedad reaccionó de manera diferente ante ambos eventualidads.
En conclusión, las diferencias jurídicas y contextuales explican por qué en un eventualidad hubo con